Ministerio de la Defensa

El Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia (Mindefensa), es la máxima autoridad en materia de defensa, seguridad, asuntos militares en el país; formula, diseña, desarrolla y ejecuta las políticas de defensa y seguridad nacionales; conduce la ‎Fuerza Pública; conformada por las Fuerzas Militares, (Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea), y la Policía Nacional. Tiene adscrito además la Defensa Civil Colombiana (Institución Social y Humanitaria de Rescate y Socorro). El ministro de Defensa por delegación del Presidente, quien es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, y Jefe Superior de la Policía Nacional; le compete mantener la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial, el orden constitucional; y el orden público, que refiere a la seguridad y convivencia ciudadana.

Objetivos:

El Ministerio de Defensa Nacional tiene como objetivos primordiales la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo Defensa Nacional, para la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad territorial, así como para el mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática.

Funciones:

  1. Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad nacionales, para garantizar la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.
  2. Contribuir con los demás organismos del Estado para alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades públicas.
  3. Coadyuvar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de los colombianos en procura de la seguridad que facilite el desarrollo económico, la protección y conservación de los recursos naturales y la promoción y protección de los Derechos Humanos.

Fuente: Art 5. Decreto Número 1512. Agosto de 2000

Corresponde a los ministerios y departamentos administrativos, sin perjuicio de lo dispuesto en sus actos de creación o en leyes especiales, las siguientes funciones:

  1. Preparar los proyectos de ley relacionados con su ramo.
  2. Preparar los proyectos de decretos y resoluciones ejecutivas que deban dictarse en ejercicio de las atribuciones que corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa y dar desarrollo a sus órdenes que se relacionen con tales atribuciones.
  3. Cumplir las funciones y atender los servicios que les están asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto.
  4. Preparar los anteproyectos de planes o programas de inversiones y otros desembolsos públicos correspondientes a su sector y los planes de desarrollo administrativo del mismo.
  5. Coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica.
  6. Participar en la formulación de la política del Gobierno en los temas que les correspondan y adelantar su ejecución.
  7. Orientar, coordinar y controlar, en la forma contemplada por las respectivas leyes y estructuras orgánicas, las superintendencias, las entidades descentralizadas y las sociedades de economía mixta que a cada uno de ellos estén adscritas o vinculadas.
  8. Impulsar y poner en ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y funciones en el respectivo sector.
  9. Promover, de conformidad con los principios constitucionales, la participación de entidades y personas privadas en la prestación de servicios y actividades relacionados con su ámbito de competencia.
  10. Organizar y coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo correspondiente.
  11. Velar por la conformación del Sistema Sectorial de Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento.

Fuente: Art 59. ley 489. Diciembre de 1998

Estructura:

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Fuerzas Armadas

Foto:www.unffmm.com

Las Fuerzas Militares de Colombia  son las instituciones castrenses de tierra, de mar y de aire, de la República de Colombia. Las fuerzas militares están bajo el planeamiento y dirección estratégica del Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia; Las fuerzas militares se encuentran adscritas al Ministerio de Defensa.

En conjunto con la Policía Nacional, hacen parte de las Fuerzas Armadas. El artículo 120 de la Constitución de 1886, dio al Presidente de la República, la atribución de dirigir, cuando lo estime conveniente, las operaciones de guerra como Jefe de los Ejércitos de la República, la Ley 102 de 1944, fijó al entonces Jefe de Estado Mayor, las funciones de órgano de mando del Gobierno, haciéndolo virtualmente un Comandante General, ya que centralizaba en este cargo las funciones del mando de las Fuerzas Militares, posteriormente el Decreto 835 del 16 de abril de 1951, creó el cargo de Comandante General, asignando las funciones que se habían asignado al Jefe de Estado Mayor. Para la expedición de este decreto se realizó un amplio estudio, sobre el sistema de mando conjunto tal como se practicaba en los Estados Unidos y se llegó a la conclusión que el resultados de esta organización debía ser el compromiso entre quienes propende por una organización técnicamente sana y eficiente que obedece a principios ortodoxo y a nuestra voluntad de mando.

Organización

Las Fuerzas Militares de Colombia están constituidas por: el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana.

Fuerza Armada es denominada la unión de Fuerza Militar y la Policía Nacional, de igual manera se le conoce como Fuerza Armada, la Policía Nacional está adscrita al Ministerio de la Defensa mas no a el Comando General.

Comando General

El Comando General de las Fuerzas Militares es la entidad de más alto nivel de planeamiento y dirección estratégica para las instituciones castrenses del país. Bajo su égida y faro están el Ejército Nacional de Colombia, la Armada de la República de Colombia y la Fuerza Aérea Colombiana.

De sus dependencias emanan las directrices y las políticas de mando para los soldados de tierra, de mar y de aire, en estricto y cabal cumplimiento de la misión prevista en el artículo 217 de nuestra Constitución Nacional.

“Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional”, reza en uno de sus apartes nuestra Carta Magna al hacer referencia específica al rol de las instituciones armadas colombianas.

Ejército

El Ejército Nacional de Colombia cuenta con ocho divisiones, una brigada de fuerzas especiales, una brigada de aviación, una brigada contra el narcotráfico, además de otras unidades especializadas y escuelas de formación. Desde septiembre de 1981 participa en la Fuerza Multinacional de Paz y Observadores en Sinaí

Armada

La Armada de la República de Colombia cuenta con siete fuerzas y comandos repartidos en todo el territorio nacional.

Fuerza Aérea

La Fuerza Aérea de Colombia cuenta con seis comandos aéreos de combate (CACOM), un Comando Aéreo de Transporte Militar (CATAM) y un Comando Aéreo de Mantenimiento (CAMAN), que operan en todo el territorio colombiano, y los Grupos Aéreos del Caribe (GACAR), y del Oriente (GAORI).Dispone también con cuatro centros principales de formación y entrenamiento.

Policía Nacional

La Policía Nacional esta direccionada por el Director General de la Policía Nacional, quien es nombrado por el Presidente de la República, de uno de los oficiales Generales de la institución. La Dirección General (DIPON), está dividida en (5) direcciones de apoyo al servicio (administrativas), (8) direcciones operativas, (1) dirección de nivel educativo y (5) oficinas asesoras